SITUACIÓN EXTRAORDINARIA A CAUSA DEL CORONAVIRUS
EN EL RÉGIMEN DE CUSTODIA Y VISITAS
En relación a la crisis del coronavirus por la que estamos pasando, son muchas y generalizadas las dudas que le han surgido a los padres en relación a cómo debe afrontarse esta situación extraordinaria, en lo que respecta a la custodia de sus hijos, y al régimen de visitas que hubiera sido judicialmente acordado. Con respecto a estas cuestiones, se han venido produciendo muy diversas opiniones entre los juristas, encontrándonos con criterios contradictorios. De un lado, tenemos aquellos que opinan que el régimen de visitas debe considerarse interrumpido y, de otro, los que defienden que en nada debe verse afectado por esta situación. De hecho, incluso a nivel de Juzgados y Tribunales se han producido resoluciones dictadas de forma urgente, también contradictorias entre sí.
Siendo esta la situación, en los distintos partidos judiciales de España se han producido reuniones de los Jueces y Magistrados de los Juzgados de Primera Instancia del ámbito de Familia, y se ha llegado a un consenso sobre cuál debe ser el criterio a seguir en cada una de esas circunscripciones. Por tanto, aconsejamos a quien pueda verse afectado por esta situación, que consulte los documentos que pueden encontrar en nuestro blog, consistente en una recopilación de dichos criterios a nivel nacional, elaborada por la AEAFA (ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ABOGADOS DE FAMILIA).
Y en cuanto al criterio concreto de los Juzgados de Familia de Sevilla, también podréis consultar los acuerdos adoptados, que resumimos a continuación:
* No se tramitará por los Juzgados ninguna solicitud de ejecución de sentencia, en la que se intente hacer cumplir un régimen de visitas que esté siendo incumplido. Esto se traduce en que si de forma unilateral uno de los progenitores decide alterar el régimen de visitas judicialmente acordado, el otro progenitor no podrá solicitar el amparo judicial.
* No se admitirán igualmente ningún tipo de Medidas Cautelares, que se deriven de esos hipotéticos incumplimientos.
* No se debe considerar interrumpido el régimen de custodia y visitas judicialmente acordado, estando justificado el movimiento de personas para dar cumplimiento a los mismos.
* No obstante lo anterior, los intercambios deberán reducirse lo máximo posible, instándose a los padres que que puedan llegar a acuerdos beneficiosos para los menores, entre los que podrían estar el ampliar los plazos de estancias con cada uno de ellos, consiguiéndose así que se limite el número de desplazamientos.
* Una vez superada esta situación extraordinaria, los Juzgados podrán valorar la actitud mantenidas por los progenitores, para actuar conforme proceda con respecto a situaciones de abuso que se hayan podido producir durante este tiempo.
En virtud de todo ello, desde ZABALA ABOGADOS aconsejamos a todos nuestros clientes que actúen siempre pensando en el interés de sus hijos, conciliando su derecho a estar con el padre y con la madre, con su propia seguridad. Estamos ante una situación extraordinaria que aconseja actitudes excepcionales, desde el punto de vista humano.
¡Pongamos nuestro granito de arena para que todo funcione lo mejor posible!
ENLACE A NUESTRO BLOG CON DOCUMENTOS DE CONSULTA:
https://www.zabala-abogados.com/blog/crisis-del-coronavirus-criterios-a-seguir-en-el-regimen-de-custodia-y-visitas-de-hijos-menores
Siendo esta la situación, en los distintos partidos judiciales de España se han producido reuniones de los Jueces y Magistrados de los Juzgados de Primera Instancia del ámbito de Familia, y se ha llegado a un consenso sobre cuál debe ser el criterio a seguir en cada una de esas circunscripciones. Por tanto, aconsejamos a quien pueda verse afectado por esta situación, que consulte los documentos que pueden encontrar en nuestro blog, consistente en una recopilación de dichos criterios a nivel nacional, elaborada por la AEAFA (ASOCIACIÓN ESPAÑOLA DE ABOGADOS DE FAMILIA).
Y en cuanto al criterio concreto de los Juzgados de Familia de Sevilla, también podréis consultar los acuerdos adoptados, que resumimos a continuación:
* No se tramitará por los Juzgados ninguna solicitud de ejecución de sentencia, en la que se intente hacer cumplir un régimen de visitas que esté siendo incumplido. Esto se traduce en que si de forma unilateral uno de los progenitores decide alterar el régimen de visitas judicialmente acordado, el otro progenitor no podrá solicitar el amparo judicial.
* No se admitirán igualmente ningún tipo de Medidas Cautelares, que se deriven de esos hipotéticos incumplimientos.
* No se debe considerar interrumpido el régimen de custodia y visitas judicialmente acordado, estando justificado el movimiento de personas para dar cumplimiento a los mismos.
* No obstante lo anterior, los intercambios deberán reducirse lo máximo posible, instándose a los padres que que puedan llegar a acuerdos beneficiosos para los menores, entre los que podrían estar el ampliar los plazos de estancias con cada uno de ellos, consiguiéndose así que se limite el número de desplazamientos.
* Una vez superada esta situación extraordinaria, los Juzgados podrán valorar la actitud mantenidas por los progenitores, para actuar conforme proceda con respecto a situaciones de abuso que se hayan podido producir durante este tiempo.
En virtud de todo ello, desde ZABALA ABOGADOS aconsejamos a todos nuestros clientes que actúen siempre pensando en el interés de sus hijos, conciliando su derecho a estar con el padre y con la madre, con su propia seguridad. Estamos ante una situación extraordinaria que aconseja actitudes excepcionales, desde el punto de vista humano.
¡Pongamos nuestro granito de arena para que todo funcione lo mejor posible!
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Abogados especialistas en Divorcios en Sevilla
Desde nuestro Despacho de Sevilla, en ZABALA-ABOGADOS te ofrecemos un completísimo asesoramiento en todo lo relativo al Derecho de Familia en general, y al Divorcio en particular. Ya hayas sido demandado por tu cónyuge, o ya seas tú quien tiene la intención de divorciarte, disolviendo el vínculo matrimonial, puedes tener la seguridad de que encontrarás en nosotros el más completo asesoramiento, y de que verás defendidos tus intereses de forma rápida y efectiva.
Nuestra especialidad en el Derecho de Familia se extiende desde el año 1988 hasta la actualidad, por lo que hemos participado en gran número de asuntos en esta materia. Los más de 30 años de experiencia son toda una garantía para ti.
Tenemos el objetivo de ser los más especializados y mejores Abogados de Sevilla en Divorcios. Ese es nuestro acicate, y nuestra meta y compromiso contigo.
Aunque nuestro Despacho de Abogados se encuentra ubicado en Sevilla, dependiendo de la importancia del asunto, podemos actuar de forma rápida y efectiva en TODA ESPAÑA.
Si tienes alguna duda en relación a esta materia de los Divorcios, no dudes en llamarnos, y atenderemos tu CONSULTA de forma GRATUITA, ya sea a través del teléfono, correo electrónico o cita personal en nuestro Despacho.
Nuestra especialidad en el Derecho de Familia se extiende desde el año 1988 hasta la actualidad, por lo que hemos participado en gran número de asuntos en esta materia. Los más de 30 años de experiencia son toda una garantía para ti.
Tenemos el objetivo de ser los más especializados y mejores Abogados de Sevilla en Divorcios. Ese es nuestro acicate, y nuestra meta y compromiso contigo.
Aunque nuestro Despacho de Abogados se encuentra ubicado en Sevilla, dependiendo de la importancia del asunto, podemos actuar de forma rápida y efectiva en TODA ESPAÑA.
Si tienes alguna duda en relación a esta materia de los Divorcios, no dudes en llamarnos, y atenderemos tu CONSULTA de forma GRATUITA, ya sea a través del teléfono, correo electrónico o cita personal en nuestro Despacho.
Información práctica ofrecida por Zabala-Abogados de Sevilla
sobre el Divorcio
El procedimiento de Divorcio se regula en España en nuestro Código Civil (normas sustantivas) y Ley de Enjuiciamiento Civil (normas procedimientales), gracias a las modificaciones que se introdujeron en ellos a través de la Ley 15/2005.
Como consecuencias de estas modificaciones, actualmente los trámites judiciales de Divorcio son rápidos y ágiles, pudiéndose obtener la oportuna Sentencia en tan sólo unos meses desde que se inicia el procedimiento.
A través del Divorcio se procede a la disolución del vínculo matrimonial, debiendo quedar regulados judicialmente los siguientes aspectos:
* Uso y disfrute de la vivienda que venía constituyendo el hogar familiar.
* Patria Potestad, Guardia y Custodia y Régimen de Visitas en relación a los hijos menores de edad.
* Pensión alimenticia (a favor de los hijos) y Pensión compensatoria (a favor del cónyuge), en los casos que proceda.
* Reparto de bienes, cuando existe un régimen económico matrimonial de sociedad de gananciales, y los cónyuges optan por su disolución.
Todo Divorcio puede producirse a través de procedimiento contencioso, cuando no existe un total acuerdo de ambos esposos sobre todos los aspectos anteriores, o de mutuo acuerdo, cuando no existen disquisiciones sobre ellos. En todo caso, en los casos en los que hubiere hijos menores de edad, siempre deberá ser acordado a través de resolución judicial, con la participación del Ministerio Fiscal.
Si has decidio divorciarte, contacta con el Despacho en Sevilla de ZABALA-ABOGADOS, y puedes tener la seguridad de que serás atendido de forma profesional, diligente y responsable. Somos conscientes de los intereses que se ven involucrados en este tipo de procedimientos, y de la especial dedicación y atención que los mismos merecen. La presencia de un profesional especialista en la defensa de tus intereses, desde un principio, puede resultar determinante en cuanto al resultado final del procedimiento.
A continuación te ofrecemos los datos que puedes necesitar para contactar con nosotros.
Localización de nuestro Despacho de Abogados en Sevilla
para consultas sobre Divorcios
Estamos ubicados en:
- Calle Valparaíso, Núm. 23, 1º B
- 41013 - Sevilla
- Teléfonos: 954627236 / 648103895